LA UNIÓN EUROPEA PROHÍBE LOS SOBRES INDIVIDUALES DE CONDIMENTOS A PARTIR DEL 12 DE AGOSTO DE 2026
La Unión Europea ha aprobado una normativa que prohíbe a partir del 12 de agosto de 2026 la oferta de sobres individuales de productos como azúcar, sal, kétchup, mayonesa, vinagre, leche para café o mantequilla en establecimientos de hostelería y restauración en todos los Estados miembros. La medida es parte de un amplio paquete legislativo comunitario para reducir residuos de envases y avanzar hacia una economía más circular y sostenible.
La normativa, conocida como Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre envases y residuos de envases, actualiza la regulación europea en materia de envases y residuos, derogando y sustituyendo marcos anteriores con el objetivo de minimizar los residuos, impulsar la reutilización y limitar determinados envases de un solo uso.
¿Qué establece la normativa?
El nuevo reglamento incluye varias medidas clave para el sector de hostelería, restauración y catering (HORECA):
Prohibición de envases de porciones individuales de condimentos y aderezos como azúcar, sal, salsas, leche para café o mantequilla en establecimientos donde se sirven alimentos y bebidas.
Las restricciones se aplican a envases y porciones diseñados para un único uso y que no sean reutilizables, con la finalidad de reducir residuos innecesarios y mejorar la gestión sostenible de recursos.
La normativa promueve también la posibilidad de que los clientes utilicen envases personales reutilizables o sistemas colectivos de dispensación sin coste adicional, fomentando alternativas sostenibles a los formatos desechables.
Objetivos ambientales y de economía circular
El Reglamento sobre envases y residuos de envases busca:
Reducir la generación de residuos de envases en toda la Unión Europea.
Establecer objetivos vinculantes de reutilización y reciclaje para 2030, 2035 y 2040.
Minimizar el volumen y peso de los envases y mejorar su reciclabilidad.
Parlamento Europeo
Además de la prohibición de sobres individuales en hostelería, la normativa contempla restricciones de envases monodosis para otros sectores y productos, como envases pequeños de productos cosméticos de un solo uso en alojamientos turísticos, así como la limitación de envases de plástico para frutas y hortalizas preenvasadas de menos de 1,5 kg.
Transición y cumplimiento
Los Estados miembros y los operadores del sector disponen de un período transitorio hasta 12 de agosto de 2026 para adaptar sus operaciones y ofrecer alternativas sostenibles que cumplan con la nueva regulación. El objetivo es que la transición sea progresiva y que se facilite la innovación y la adaptación del mercado hacia modelos de consumo más respetuosos con el medio ambiente