🚭 A partir del 1 de enero de 2026, entrará en vigor la nueva ampliación de la Ley Antitabaco en España, que incluye la prohibición total de fumar en las terrazas de bares y restaurantes, incluso aunque estén al aire libre.
🔹 ¿Qué estará prohibido?
❌ Fumar cigarrillos tradicionales
❌ Usar vapeadores y dispositivos electrónicos
❌ Productos de tabaco calentado
🔹 ¿Dónde NO se podrá fumar?
✔ Terrazas de bares y restaurantes
✔ Paradas de autobús y estaciones
✔ Parques infantiles y zonas de juego
✔ Piscinas públicas
✔ Campus universitarios
✔ Eventos al aire libre
✔ Accesos y alrededores de hospitales y centros educativos
🔹 ¿Habrá multas?
💶 Sí. Las sanciones podrán ser tanto para las personas fumadoras como para los establecimientos que no informen o permitan fumar, con multas económicas importantes.
🔹 ¿Por qué esta medida?
🫁 Proteger la salud pública
👶 Evitar la exposición al humo en espacios compartidos
👩🍳 Proteger a trabajadores de la hostelería
📉 Reducir el consumo de tabaco y vapeo
⚠️ Importante: aunque la norma es estatal, su aplicación y control corresponderá a comunidades autónomas y ayuntamientos, por lo que en Madrid se espera vigilancia y sanción desde el inicio de 2026.
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